La instalación de ascensor en la comunidad de propietarios supone cumplir con requisitos encaminados a lograr una accesibilidad, eliminación de barreras arquitectónicas y, por ende, movilidad que limita en mayor o menor medida a alrededor de 5 millones de españoles. Este número corresponde a las personas que viven en bloques de pisos que no tienen ascensor.
Si eres el presidente o propietario de una comunidad de vecinos y necesitas aclarar dudas sobre este tema, estás en el lugar correcto, porque hemos preparado un artículo en el que además de hablar de los pasos a seguir para instalar un ascensor en tu comunidad, también revisaremos la normativa que recoge este proceso.
Pasos y requisitos para la instalación de ascensor en la comunidad de propietarios
Los pasos y requisitos para la instalación de ascensor en tu comunidad de propietarios abarcan diferentes aspectos. Los hemos resumido y clasificado para que tengas claro por dónde empezar y cómo avanzar por cada uno de ellos de forma correcta.
1.- Selección de la empresa de ascensores idónea
El primer paso necesario para poner un ascensor en tu comunidad es elegir una empresa instaladora de ascensores que ofrezca el servicio idóneo demandado.
En España existe un número de empresas especializadas en este sector, y para elegir la más adecuada es importante que te fijes en aspectos clave, como su experiencia y trayectoria instalando ascensores en comunidades de vecinos, certificaciones y licencias, así como en el servicio post-instalación.
2.- Solicitud de presupuesto ajustado a necesidades
Una vez seleccionada la empresa de ascensores, el siguiente paso es solicitar presupuesto. Recuerda que es aconsejable tener varias opciones para comparar precios y tomar la decisión más afín a las necesidades de la comunidad.
Será necesario acordar un día con la empresa instaladora para que pueda visitar el edificio, hacer un estudio de viabilidad y establecer el presupuesto final de este servicio.
Los propietarios de viviendas se enfrentan a otra figura directamente relacionada con este gasto que no es otra que las derramas en la comunidad.
3.- Aprobación del presupuesto por la comunidad
Cuando tengas listo el presupuesto, lo normal es llevar a cabo una reunión con el fin de evaluar costes y opciones de financiamiento. También se procederá a una votación por parte de los propietarios para aprobar la instalación, aunque existen casos en los que la instalación del ascensor es obligatoria y, por tanto, no hay que someter la decisión final a dicha votación, como veremos más adelante.
4.- Firma del contrato de instalación
Si finalmente se aprueba el presupuesto, el siguiente paso es comunicar la decisión a la empresa de ascensores elegida y firmar el contrato de la instalación, en el que se informará sobre la actividad a llevar a cabo, el presupuesto disponible, los firmantes del mismo y las distintas cláusulas.
5.- Diseño del proyecto de obra civil y solicitud de licencia de obras
La compañía instaladora elegida confirmará todas las medidas para realizar el proyecto de obra civil y el arquitecto procederá a realizar un informe de evaluación del edificio que afectará tanto a la gestión de dicho proyecto como a la solicitud de la licencia de obra en el Ayuntamiento. En relación a esto, será el área técnica quien se encargue de hacer el seguimiento de esta solicitud y de responder lo antes posible.
6.- Instalación del ascensor
En esta etapa, destacan sobre el resto de acciones la precisión mecánica (en concreto, el ensamblaje de componentes como guías, chasis y puertas) y la eléctrica, dado que poner un ascensor en una comunidad de vecinos es una tarea meticulosa que implica varias etapas y que tiene asociados distintos elementos y procedimientos de seguridad, como el sistema de paracaídas.
7.- Puesta en funcionamiento e inspección
Finalmente, cuando el ascensor esté preinstalado, se realizará un exhaustivo protocolo de pruebas que incluye la verificación de todos los componentes, la revisión de los puntos críticos de seguridad y la garantía del correcto funcionamiento del aparato elevador.
Normativa para poner un ascensor en tu comunidad de propietarios
Según el Artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal, existen algunos casos en los que la instalación de un ascensor es obligatoria.En este sentido se establece que: “Tendrán carácter obligatorio y no requerirán de acuerdo previo de la Junta de propietarios, las obras y actuaciones que resulten necesarias para garantizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad universal y, en todo caso, las requeridas a instancia de los propietarios en cuya vivienda o local vivan, trabajen o presten servicios voluntarios, personas con discapacidad, o mayores de setenta años”.
Coste de poner un ascensor en tu edificio
En cada paso del montaje del ascensor, la precisión y la experiencia son dos piezas clave. En línea con ello, instalar este aparato en una comunidad de propietarios puede costar entre los 12.000 y 35.000 €, según datos aportados por Fotocasa. Concretamente, este rango de precios varía dependiendo de factores tales como:
- La antigüedad del edificio.
- El tipo de ascensor seleccionado.
- El número de plantas del edificio.
- Si existe hueco disponible o se necesita construir desde cero.
Gastos a cubrir por siniestro con el ascensor
Para cubrir los gastos ante cualquier problema con el ascensor es importante contar con un seguro de comunidades de propietarios.
Esta contratación no solo supone muchos menos dolores de cabeza para los inquilinos que apuestan por esta opción, sino que evita a la larga contratiempos entre vecinos en caso de producirse un daño en la comunidad.
En este caso, la póliza de seguridad de comunidades se calcula de la misma forma que la de los bienes asegurados por particulares en sus seguros de hogar.
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